Anexo B del Contrato de Adhesión · AgenteCFDI
El servicio es único y sus funcionalidades son idénticas para todos los Clientes. Lo único que varía es el precio por RFC, que disminuye conforme aumenta el número de RFC gestionados. Los nombres de los tramos son etiquetas comerciales de referencia de precio y no designan niveles de servicio distintos.
| Tramo | RFC gestionados | Precio / RFC / mes | Precio anual / RFC | Nivel de disponibilidad |
|---|---|---|---|---|
| Solo | 1 RFC | $149 MXN | $1,490 MXN | Mejor esfuerzo |
| Starter | 3 a 9 RFC | $129 MXN | $1,290 MXN | Mejor esfuerzo |
| Pro | 10 a 24 RFC | $109 MXN | $1,090 MXN | Mejor esfuerzo |
| Enterprise | 25 RFC o más | $89 MXN | $890 MXN | Mejor esfuerzo |
El nivel de disponibilidad es el mismo para todos los tramos, sin distinción, y se rige por la Cláusula VI del Contrato.
El precio del tramo Solo corresponde a una cuenta de un solo RFC. En Starter, Pro y Enterprise el precio es por RFC activo gestionado al mes; el total mensual es el precio unitario multiplicado por los RFC activos en el periodo. Un Cliente con menos de tres RFC se ubica en el tramo Starter. El precio anual equivale a diez (10) meses (dos meses sin costo), conforme al apartado 3.2 del Contrato.
Cambio de tramo. El tramo se determina con el número de RFC activos al momento de cada cobro. Dar de alta RFC adicionales puede ubicar al Cliente en un tramo de precio unitario menor, y que el número disminuya puede ubicarlo en uno mayor; en ambos casos el precio del nuevo tramo se aplica en el cobro siguiente y nunca de forma retroactiva, sin prorrateo dentro de un periodo ya facturado. En ningún caso el cambio de tramo restringe funcionalidades ya disponibles para el Cliente (apartado 3.4 del Contrato).
Las funciones que siguen se prestan por igual en los cuatro tramos. No hay funciones reservadas a un tramo: el motor es el mismo para 1 RFC que para 100.
Cada noche, para cada RFC
Cálculo fiscal (informativo)
Avisos
En el portal
Cuando el Cliente opera como despacho
Estas funciones requieren gestionar más de un RFC; el precio unitario es el mismo y no constituyen un nivel de servicio distinto.
Siempre
Destinatario de los avisos. Cuando los RFC del Cliente sean gestionados por un despacho, las alertas se dirigen al operador del despacho responsable; cuando se trate de una cuenta individual, al titular. El destinatario del aviso no altera el alcance de la funcionalidad, que es la misma en todos los casos.
Las funciones informativas (IVA/retenciones estimados, ISR de RESICO, detecciones, asistente de IA) se rigen por los apartados 2.3, 2.4 y 2.6 del Contrato: son de carácter informativo y no constituyen asesoría fiscal. El asistente de IA está incluido en el servicio, sin costo adicional (Cláusula XIII).
Los cobros recurrentes, la notificación previa de renovación (5 días naturales) y el derecho de cancelación se rigen por la Cláusula III y la Cláusula IX del Contrato.
Estos límites de la prueba son configurables por el Proveedor y pueden actualizarse en este Anexo sin modificar el clausulado del Contrato, informándose en la pantalla de alta.
Este Anexo concreta las Cláusulas II (objeto), III (planes, precios y ciclo), 3.5 y 3.6 (periodo de prueba) y XIII (servicios) del Contrato de Adhesión vigente. Cualquier cambio de precios o de alcance se comunicará conforme a la Cláusula XIV (modificaciones) y, por tratarse de una modificación sustancial, requerirá la aceptación expresa del Cliente en los términos de dicha Cláusula.
Anexo B — Planes y Precios · Versión 2.7 · 11 de agosto de 2026
Este Anexo forma parte integrante del Contrato de Adhesión y se interpreta conjuntamente con él. En caso de discrepancia sobre precios o alcance, prevalece el texto de este Anexo vigente al momento de la contratación.