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Anexo de Planes y Precios

Alger Servicios Integrales, S.A. de C.V. · AgenteCFDI · Versión 2.7 · 11 de agosto de 2026

Este Anexo forma parte integrante del Contrato de Adhesión de AgenteCFDI y se interpreta conjuntamente con él. En caso de discrepancia sobre precios o alcance, prevalece el texto de este Anexo vigente al momento de la contratación. Todos los precios están expresados en pesos mexicanos (MXN) e incluyen IVA (art. 91 fracción V de la LFPC).

Contenido

  1. Preámbulo
  2. PARTE I — ANEXO LEGAL (integrante del Contrato)
  3. B.1 Tramos de precio por volumen
  4. B.2 Qué incluye el servicio
  5. B.3 Ciclos de facturación
  6. B.4 Periodo de prueba gratuito
  7. B.5 Relación con el Contrato

Preámbulo

Anexo B del Contrato de Adhesión · AgenteCFDI

PARTE I — ANEXO LEGAL (integrante del Contrato)

B.1 Tramos de precio por volumen

El servicio es único y sus funcionalidades son idénticas para todos los Clientes. Lo único que varía es el precio por RFC, que disminuye conforme aumenta el número de RFC gestionados. Los nombres de los tramos son etiquetas comerciales de referencia de precio y no designan niveles de servicio distintos.

TramoRFC gestionadosPrecio / RFC / mesPrecio anual / RFCNivel de disponibilidad
Solo1 RFC$149 MXN$1,490 MXNMejor esfuerzo
Starter3 a 9 RFC$129 MXN$1,290 MXNMejor esfuerzo
Pro10 a 24 RFC$109 MXN$1,090 MXNMejor esfuerzo
Enterprise25 RFC o más$89 MXN$890 MXNMejor esfuerzo

El nivel de disponibilidad es el mismo para todos los tramos, sin distinción, y se rige por la Cláusula VI del Contrato.

El precio del tramo Solo corresponde a una cuenta de un solo RFC. En Starter, Pro y Enterprise el precio es por RFC activo gestionado al mes; el total mensual es el precio unitario multiplicado por los RFC activos en el periodo. Un Cliente con menos de tres RFC se ubica en el tramo Starter. El precio anual equivale a diez (10) meses (dos meses sin costo), conforme al apartado 3.2 del Contrato.

Cambio de tramo. El tramo se determina con el número de RFC activos al momento de cada cobro. Dar de alta RFC adicionales puede ubicar al Cliente en un tramo de precio unitario menor, y que el número disminuya puede ubicarlo en uno mayor; en ambos casos el precio del nuevo tramo se aplica en el cobro siguiente y nunca de forma retroactiva, sin prorrateo dentro de un periodo ya facturado. En ningún caso el cambio de tramo restringe funcionalidades ya disponibles para el Cliente (apartado 3.4 del Contrato).

B.2 Qué incluye el servicio

Las funciones que siguen se prestan por igual en los cuatro tramos. No hay funciones reservadas a un tramo: el motor es el mismo para 1 RFC que para 100.

Cada noche, para cada RFC

  • Descarga automática de los CFDIs del SAT (emitidos y recibidos).
  • Depósito de los XML en la nube del propio Cliente (Google Drive o Dropbox), en carpeta de aplicación exclusiva.
  • Excel acumulativo, con las hojas de IVA y Retenciones al frente.
  • Verificación de cancelaciones por UUID.
  • Corte del SAT: contraste de lo descargado contra los datos que el SAT publique, con el resultado certificado como conciliado o no verificado. El contraste depende de que el SAT entregue esa información.

Cálculo fiscal (informativo)

  • IVA del periodo en base de efectivo, con los PPD anclados al complemento de pago.
  • Retenciones de IVA e ISR en base de efectivo.
  • Prorrateo de actividades mixtas y trato diferenciado de actividades exentas frente a tasa 0%.
  • Detecciones fiscales sobre los comprobantes del periodo.
  • ISR del pago mensual del Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas, respecto de los RFC que el Cliente —o su despacho— habilite expresamente.
  • Visor de la representación impresa (PDF tipo SAT).

Avisos

  • Cancelación de facturas que el Cliente ya había considerado.
  • IVA del mes: aviso hacia el cierre del mes y el día 14.
  • e.firma por vencer o rechazada por el SAT.
  • Complementos de pago (REP) pendientes o extemporáneos.
  • Monitoreo del listado del artículo 69-B del CFF (EFOS), sobre los proveedores del Cliente y sobre su propio RFC.
  • Factura global: aviso de los días 1 al 3 (regla 2.7.1.32 de la RMF).
  • Límite de ingresos del Régimen Simplificado de Confianza, antes de rebasarlo.
  • CFDI cancelado sin sustituto, distinguiendo la refacturación de rutina.

En el portal

  • Asistente de reportes y conciliación por inteligencia artificial, sin cobro por consumo.
  • Visor de la representación impresa y descarga de los comprobantes.
  • Baja total del RFC con Constancia de Supresión firmada.

Cuando el Cliente opera como despacho

Estas funciones requieren gestionar más de un RFC; el precio unitario es el mismo y no constituyen un nivel de servicio distinto.

  • Panel del despacho con el IVA consolidado de la cartera.
  • Alta masiva de e.firmas.
  • Roles del despacho: administrador, contador y asistente.

Siempre

  • 7 días de prueba, sin tarjeta — para quien contrata su propio RFC y para el despacho, con el alcance del apartado B.4.
  • Disponibilidad de mejor esfuerzo, con devolución proporcional a solicitud si la falla es imputable al Proveedor (Cláusulas 6.3 y 8.2 del Contrato).
  • Sin permanencia: el Cliente deja sin efecto la renovación desde el panel, cuando quiera y sin penalización; si además quiere la terminación inmediata con devolución del saldo no devengado, la solicita (Cláusula 9.1).
  • CFDI por cada pago efectivamente cobrado.

Destinatario de los avisos. Cuando los RFC del Cliente sean gestionados por un despacho, las alertas se dirigen al operador del despacho responsable; cuando se trate de una cuenta individual, al titular. El destinatario del aviso no altera el alcance de la funcionalidad, que es la misma en todos los casos.

Las funciones informativas (IVA/retenciones estimados, ISR de RESICO, detecciones, asistente de IA) se rigen por los apartados 2.3, 2.4 y 2.6 del Contrato: son de carácter informativo y no constituyen asesoría fiscal. El asistente de IA está incluido en el servicio, sin costo adicional (Cláusula XIII).

B.3 Ciclos de facturación

  • Mensual: cobro cada mes calendario desde la activación.
  • Anual: pago por adelantado equivalente a diez (10) meses; dos meses sin costo.

Los cobros recurrentes, la notificación previa de renovación (5 días naturales) y el derecho de cancelación se rigen por la Cláusula III y la Cláusula IX del Contrato.

B.4 Periodo de prueba gratuito

  • Quién la tiene: quien contrata el servicio respecto de su propio RFC desde la pantalla de alta del sitio, y el despacho contable que se registra desde la pantalla de alta de despachos (apartado 3.5 del Contrato).
  • Cuántos RFC en el caso del despacho: hasta 3 RFC en total durante la prueba. Se cuentan RFC distintos, y los que el despacho dé de baja siguen contando: la prueba alcanza para conocer el servicio con tres contribuyentes, no para procesar una cartera rotándolos.
  • Duración: 7 días naturales desde la activación.
  • Sin tarjeta: no se solicita ni registra medio de pago para iniciar la prueba.
  • Sin cobro automático: la prueba no se convierte sola en un plan de pago; para continuar, el Cliente debe contratar activamente un plan y registrar su método de pago.
  • Alcance limitado de la prueba:
  • Descarga de CFDIs acotada a 2 meses: el mes en curso y el mes inmediato anterior.
  • Asistente de IA limitado a 5 consultas en total durante la prueba, por cada persona con acceso (el titular del despacho y cada contador o asistente con cuenta propia).
  • Si no se contrata al término: la cuenta se cierra y la e.firma y los datos asociados se suprimen de forma verificable dentro de los 5 días hábiles siguientes al aviso de supresión, con Constancia de Supresión. El aviso se envía dentro de los 3 días naturales posteriores al término de la prueba y, si no pudiera entregarse en ese plazo, el cómputo arranca de todos modos (Cláusula 3.6 del Contrato).

Estos límites de la prueba son configurables por el Proveedor y pueden actualizarse en este Anexo sin modificar el clausulado del Contrato, informándose en la pantalla de alta.

B.5 Relación con el Contrato

Este Anexo concreta las Cláusulas II (objeto), III (planes, precios y ciclo), 3.5 y 3.6 (periodo de prueba) y XIII (servicios) del Contrato de Adhesión vigente. Cualquier cambio de precios o de alcance se comunicará conforme a la Cláusula XIV (modificaciones) y, por tratarse de una modificación sustancial, requerirá la aceptación expresa del Cliente en los términos de dicha Cláusula.

Anexo B — Planes y Precios · Versión 2.7 · 11 de agosto de 2026

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Versión 2.7 · 11 de agosto de 2026

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